El horario para la recepción de solicitudes presenciales de acceso a la información es de lunes a viernes, sin considerar sábados, domingos ni feriados, únicamente entre las 08:15 a.m. hasta las 04:30 p.m. de acuerdo a lo dispuesto en el N° 10.1 del artículo 10 del decreto supremo N° 116-2020-PCM.
El plazo máximo de atención de la Solicitud de Acceso a la Información Pública es de diez (10) días hábiles, según el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043 - 2003 - PCM y modificado por Decreto Legislativo N° 1353
El artículo 10 de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que las entidades de la Administración Pública tienen la obligación de proveer la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que haya sido creada u obtenida por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control.